El TS dictó el pasado día 9 de abril de 2018 un auto de admisión (número de recurso 5580/2017) del recurso de casación para formar jurisprudencia en relación a una de las cuestiones más debatidas en los últimos años; el contenido valuable de las novaciones de préstamo hipotecario en las que se modifica algo diferente a plazo o tipo de interés.
Asimismo, el TS se pronunciará sobre quién es el sujeto pasivo en las novaciones de préstamo hipotecario.
Así, de acuerdo con el TS, las cuestiones que se tratarán serán;
a) Determinar, en interpretación del artículo 9 de la Ley 2/1994, de 30 de marzo , sobre subrogación y modificación de préstamos hipotecarios, si las escrituras públicas de novación de préstamos hipotecarios en las que se modifican no sólo las condiciones referentes al tipo de interés y/o al plazo del préstamo, sino adicionalmente otro tipo de cláusulas financieras están sujetas y exentas del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, modalidad actos jurídicos documentados.
b) En caso de que las escrituras públicas de novación de préstamos hipotecarios en las que se modifican no sólo las condiciones referentes al tipo de interés y/o al plazo del préstamo, sino adicionalmente otro tipo de cláusulas financieras estén sujetas y no exentas del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, modalidad actos jurídicos documentados, precisar quién es el sujeto pasivo y si la base imponible en estos casos viene determinada por el importe total de la responsabilidad hipotecaria garantizada o tan sólo por el contenido económico de las cláusulas financieras cuya modificación se acuerda.
El recurso tiene su origen en un grupo de sentencias del TSJ de la Rioja de las que ya nos hicimos eco y que critiquemos duramente en un artículo publicado en www.notariabierta.es bajo el título «Sujeción a AJD de las novaciones de préstamo hipotecario».
Asimismo, sobre la cuestión de la valuabilidad en AJD de las novaciones de préstamo hipotecario tuvimos ocasión de hablar en la Conferencia celebrada en el Colegio de Notarios de Cataluña el 7 de marzo de 2018 bajo el título “Reflexiones acerca de la aplicación práctica del impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados” en la que Tottributs fue invitada a participar.
Podéis consultar el texto que utilizamos aquel día en el siguiente link.