El TEAC ha dictado una reciente Resolución, con fecha 10 de diciembre de 2018, en la que asume el criterio contenido en la STS de 5 de junio de 2018 en relación a la fiscalidad del ius transmissions en el ISD.
El TEAC se alinea así con el TS y la DGT y pasa a entender que en los supuestos de ius transmissions los herederos del segundo difunto, al ejercer el ius delationis contenido en la herencia de éste, heredan directamente al primer causante.
Una vez resuelto un debate, que ha adquirido tintes clásicos, el nuevo frente en relación a ius transmissions aparece representado por la interpretación que realiza la Agencia Tributaria de Cataluña sobre el momento del devengo del impuesto en estos casos.
Para saber más sobre la nueva polémica del ius transmissions, puede ver este post.