La responsabilidad patrimonial de las administraciones autonómicas en las comprobaciones de valores inmobiliarias

El TSJ de la Comunidad Valenciana ha dictado con fecha 17 de noviembre de 2021, número de recurso 1286/2020, una interesante sentencia que trata sobre la responsabilidad patrimonial de las administraciones autonómicas en el seno de un procedimiento de comprobación de valores sobre bienes inmuebles.

El supuesto de hecho consistía en un procedimiento de comprobación de valores que fue anulado por el TEAR en favor del contribuyente, al entender que el dictamen no estaba debidamente motivado.

El contribuyente, una vez obtenida la resolución favorable, inició un procedimiento de responsabilidad patrimonial frente a la administración autonómica al entender que la forma de proceder de ésta, mediante la emisión de un dictamen de perito que contrariaba abiertamente la doctrina del TS sobre la cuestión, le había causado un perjuicio en forma de honorarios de abogado.

El TSJ de la Comunidad Valenciana desestima la solicitud del contribuyente, al entender que, en la fecha en que se produjo la eventual conducta antijurídica de la administración, el criterio del TS no estaba lo suficientemente consolidado.

Ahora bien, el TSJ deja abierta la puerta a eventuales reclamaciones de responsabilidad patrimonial de las administraciones autonómicas en aquellos supuestos en que la liquidación posteriormente anulada lo fuera en un lapso temporal en el que el criterio del TS sobre los procedimientos de comprobación de valores pueda entenderse como consolidado.

La presente sentencia, a nuestro juicio, es un aviso a navegantes para aquellos supuestos en que las administraciones autonómicas reiteran, sin ningún tipo de rubor, comprobaciones de valores inmotivadas con la esperanza de recaudar ante la inacción de particulares que prefieren no litigar con la administración.

El texto de la sentencia, aquí;

STSJ_CV_6740_2021 Responsabilidad Patrimonial Administración Comprobacion de Valores by josep maria vazquez moreno on Scribd

2 comentarios en «La responsabilidad patrimonial de las administraciones autonómicas en las comprobaciones de valores inmobiliarias»

  1. En realidad este contumaz proceder no cambiará por muchas condenas en costas o de responsabilidad patrimonial que se activen (y ganen), esta actitud prepotente y despectiva para con el ciudadano/administrado/contribuyente y sus derechos solo cesará con el empleo adecuado del art. 36 L. 39/2015. Hasta entonces, las autoridades o empleados públicos frente a la condena de la Administración a la cual prestan sus servicios enarbolarán el clásico: -«Ahí me las den todas…»

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