El Gobierno del Estado ha aprobado por Real Decreto Ley 21/2018, de 14 de diciembre, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler una nueva exención en materia de alquiler de vivienda.
Así, se añade un nuevo apartado 26 al artículo 45 I. B) de la LTPOAJD que señala que estarán exentos de TPO “Los arrendamientos de vivienda para uso estable y permanente a los que se refiere el artículo 2 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.”
El citado Decreto Ley ha entrado en vigor hoy día 19 de diciembre de 2018, por lo que, todos los contratos de alquiler que se formalicen a partir de hoy estarán exentos de TPO.
Al ser una exención de carácter estatal, es aplicable en el territorio de todas las Comunidades Autónomas.
Podéis consultar el texto del Decreto Ley aquí;
Real Decreto Ley 21-2018 Ex… by on Scribd