La DGT señala que en la donación de inmueble sin asunción de deuda la base imponible es el valor total del inmueble
La DGT ha señalado en la consulta V5323-16 de 15 de diciembre que en la donación de un inmueble sin asunción de deuda, esto es, en la que el donatario no asume la deuda garantizada con una hipoteca que recae sobre dicho inmueble la base imponible es el valor total …