La Generalitat de Cataluña asimila las personas en acogida a las relaciones entre hijos y ascendientes a efectos del impuesto de sucesiones y donaciones
La Generalitat de Cataluña ha introducido un nuevo artículo 60 bis en la Ley 19/2010, de 7 de junio de regulación del impuesto sobre sucesiones y donaciones en Cataluña, en el que equipara a las personas en acogida o que han estado en acogida, respecto a los acogedores, a las …