La renuncia a la herencia en perjuicio de acreedores y su incidencia en el ISD
Cuando un heredero repudia una herencia en perjuicio de sus propios acreedores el Cc prevé un mecanismo para reparar dicha circunstancia. Así, el artículo 1001 del Cc señala que «Si el heredero repudia la herencia en perjuicio de sus propios acreedores, podrán éstos pedir al Juez que los autorice para …